CAL EXPULSA A WALTER HERNANDEZ CANELO
(RPP-Noticia) El Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima (CAL), presidido por el doctor JULIO CASTIGLIONI resolvió expulsar al ex miembro del Jurado Nacional de Elecciones (Jurado Nacional de Elecciones), Walter Miguel Hernández Canelo, a quien se encontró responsable de violaciones a los Estatutos de la Orden y al Código de Ética.
De acuerdo a la resolución del Consejo de Ética N° 040-2001, Muñoz Arce fue denunciado el 01 de marzo del año pasado, tras conocerse el contenido de los videos que registraron las reuniones que sostuvo con el ex asesor Vladimiro Montesinos y en donde se abordaron temas relacionados con su labor como magistrado del Jurado Nacional de Elecciones.
La citada resolución señala que el video 913, de fecha 20 de Julio de 1998, registra la reunión que sostuvo Hernández Canelo con Montesinos y en donde además participó el ex magistrado del Tribunal Constitucional José García Marcelo.
Entre los temas abordados se refieren al proceso de referéndum que se venía ventilando ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), advirtiéndose que el ex asesor presenta un proyecto de resolución de dicho organismo electoral que ordenaba remitir los actuados al Congreso para suspender la tramitación de la referida consulta popular.
En ese contexto, el Consejo de Ética, considera que García Marcelo transgredió el articulo 1 del Código de Ética, que señala que el abogado es un servidor de la justicia y un colaborador de su administración.
Asimismo, el artículo 2 que dispone que el abogado debe mantener el honor y la dignidad profesional y el artículo 3 que precisa que el abogado debe obrar con honradez y no aconsejando actos fraudulentos.
Advierte la resolución, que el Jurado Nacional de Elecciones es un organismo constitucionalmente autónomo por lo que resulta contrario el ordenamiento jurídico que un asesor presidencial redactara una resolución de esta institución.
Además, precisa que el margen del sentido de la resolución, Walter Hernández Canelo, como miembro titular del Jurado Nacional de Elecciones – órgano supremo del control de la Institucionalidad-, no sólo debió rechazar tal intención, sino haber denunciado en su oportunidad tal atentado contra la voluntad popular, la legalidad y el estado de derecho que debe primar en el país.
Se concluye, además, que Hernández Canelo también violentó el texto del artículo 8 del Estatuto de la Orden que establece que los abogados están obligados a cumplir y respetar el juramento otorgado, así como el artículo 50 del mismo texto, que precisa que el abogado observa una conducta intachable de respeto, observancia, defensa y difusión de los DDHH y libertades fundamentales.
Por esas consideraciones el Consejo de Ética, presidido por JULIO CASTIGLIONI, resolvió la expulsión de José García Marcelo con lo cual se encuentra impedido de ejercer en el futuro la abogacía.
DIARIO EXPRESO, 29 DE MAYO DEL 2002